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año:2010
 
institución:BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
 
tipodocumento:BE Refrendos de Contratos Convenios y Addenda
 

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DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 06226 30 de junio, 2010 DJ-2612 Licenciado Erick Lestón Mora Proveedor General a.i. BANCO NACIONAL DE COSTA RICA Estimado señor: Asunto: Se devuelve con refrendo el contrato de servicios de procesamiento digital, archivo y localización de documentos, suscrito por el Banco Nacional y el consorcio conformado por las empresas Centro de Procesos de Documentos S.A. y Business Consulting Group BCG S.A., producto de la licitación pública 2009LN-000029-01. Damos respuesta a su oficio L-2670-2010 de fecha 27 de mayo del año en curso, mediante el cual remite a esta Contraloría General para trámite de refrendo un contrato de servicios de procesamiento digital, archivo y localización de documentos, modalidad de entrega por demanda, suscrito por el Banco Nacional de Costa Rica y el consorcio conformado por las empresas Centro de Procesos de Documentos S.A. y Business Consulting Group BCG S.A., producto de la licitación pública 2009LN-000029-01. Una vez realizado el estudio respectivo, y con fundamento en el acuerdo de adjudicación tomado por el Comité de Licitaciones de ese Banco en la sesión ordinaria No.984-2010 del 26 de enero del 2010, esta División procede a devolver el contrato con el refrendo correspondiente. Sin embargo, dicha aprobación se otorga sujeta a las siguientes observaciones: 1) Modalidad de contratación: si bien ni en el cartel de la licitación ni en el contrato se menciona expresamente la modalidad de contratación que aplica en esta contratación, se entiende que este contrato se promovió y acordó bajo la modalidad de servicios según demanda, regulada en el artículo 163 del Reglamento a la Ley de Contratación Administrativa. Ello por cuanto se observa que la contratación está estructurada bajo esa modalidad de contratación, tal es así que ni en el cartel ni en el acuerdo de adjudicación se requiriero ...
Fecha publicación: 03/07/2010
Fecha emisión: 30/06/2010
Documento: 06226-2010.pdf
Institución: BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 05202 3 de junio de 2010 DJ-2160-2010 Licenciada Lorena Herradora Chacón Proveedora General BANCO NACIONAL DE COSTA RICA Estimada señora: Asunto: Se concede el refrendo del contrato suscrito entre el Banco Nacional de Costa Rica y la empresa Serviarchivo S.A., cuyo objeto es la contratación de servicios para la ejecución por requerimientos operativos del Centro Institucional de Procesamiento de Crédito, CIPAC.- Nos referimos a su oficio L-1821-2010, complementado por las notas L-2658-2010 y L-2760-2010, mediante el cual requiere el refrendo del contrato suscrito entre el Banco Nacional de Costa Rica y la empresa Serviarchivo S.A., cuyo objeto es la contratación de servicios para la ejecución por requerimientos operativos del Centro Institucional de Procesamiento de Crédito, CIPAC, contrato que se deriva de la licitación pública 2009LN-000008-01. Sobre el particular, al amparo del artículo 8 del Reglamento sobre Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, con vista a: i) Oficio CIPAC-007-2209 del 09 de febrero del 2009, mediante el cual se justifica esta compra, señalándose entre otros que “con el fin de hacer efectivo uno de los objetivos planteados por la Gerencia General, como lo es el de industrialización, la Dirección Corporativa de Gestión de Medios solicita por medio del cartel que se adjunta, la contratación de una empresa que realice estos procesos. Dichos procesos se han identificado como repetitivos, de alto volumen, de un nivel muy bajo de conocimiento de banco, lo que hace perfilar como procesos de industrialización y de aprovechamiento en economías a escala (…)” (Ver folio 5 y anteriores del expediente administrativo); ii) Oficio CIPAC 011-2009 de 03 de marzo de 2009, que corresponde a análisis de costo-beneficio, de la contratación de una empresa de servicios para la ejecución por reque ...
Fecha publicación: 05/06/2010
Fecha emisión: 02/06/2010
Documento: 05202-2010.pdf
Institución: BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al Oficio No. 04560 19 de mayo, 2010 DJ-1891 Licenciada Lorena Herradora Chacón Proveedora General Banco Nacional de Costa Rica Estimada señora: Asunto: Se devuelve sin refrendo contralor por no requerirlo la adenda No. 3 al contrato 341-2008, mismo que deriva de la Licitación Pública 2008LN-000029-01, promovida por el Banco Nacional de Costa Rica, con la finalidad de comprar “sillas línea ergonómica de diferentes tipos con entrega por demanda para un periodo de cuatro años ítems uno, dos, tres y cuatro.” Damos respuesta a su oficio No. L-1746-2010, de fecha 13 de abril de 2010, recibido en este Despacho el día 14 de abril de 2010, por medio del cual solicita el otorgamiento del refrendo contralor para la adenda No. 3 al contrato 341-2008, mismo que deriva de la Licitación Pública 2008LN-000029-01, promovida por el Banco Nacional de Costa Rica, con la finalidad de comprar “sillas línea ergonómica de diferentes tipos con entrega por demanda para un periodo de cuatro años ítems uno, dos, tres y cuatro.” I. Antecedentes Visto el expediente administrativo del procedimiento de contratación, se comprueba que en el constan los siguientes aspectos de interés: 1. Que la Administración el día 7 de mayo de 2009, celebró el contrato 341-2008, con la empresa Comercializadora S y G S. A, con la finalidad de comprar “sillas línea ergonómica de diferentes tipos con entrega por demanda para un periodo de cuatro años ítems uno, dos, tres y cuatro.” (ver folios 315 a 325 del expediente administrativo). 2. Que el objeto de dicho contrato está compuesto por cuatro líneas, dentro de las cuales la línea número tres originalmente consistía en sillas de espera con descansa brazo, marca/código Cerantola/P-301. Las cuales son acolchadas (ver folios 34 a 36 y 324 del expediente administrativo). 2 3. Que en el artículo 4 de la sesión or ...
Fecha publicación: 24/05/2010
Fecha emisión: 19/05/2010
Documento: 04560-2010.pdf
Institución: BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 04447 17 de mayo, 2010 DJ-1843-2010 Licda. Lorena Herradora Chacón Proveedora BANCO NACIONAL DE COSTA RICA Estimada señora: Asunto: Se deniega refrendo de la adenda número 2 del contrato suscrito entre el Banco Nacional y la empresa Gestión de Tecnología e Información G.T.I. S.A., para brindar los servicios de contacto telefónico con clientes a través de llamadas del Centro de Llamadas del Banco (licitación pública 1797-2005). Nos referimos a su oficio No. L-1620-2010 mediante el cual remite para refrendo la adenda número 2 al contrato suscrito entre el Banco Nacional y la empresa Gestión de Tecnología e Información G.T.I. S.A., para brindar los servicios de contacto telefónico con clientes a través de llamadas del Centro de Llamadas del Banco Mediante oficio No. DJ-1669 del 5 de mayo de 2010, este órgano solicitó información adicional, la cual fue atendida por nota número L-2285-2010 de fecha 10 de mayo, recibida en esta Contraloría General el día 12 del mismo mes. Una vez efectuado el estudio de rigor, y conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento sobre el refrendo de las contrataciones de la Administración Pública, devolvemos sin refrendo el documento de cita por las razones que se citan a continuación: 1) Mediante oficio DJ-1669 se requirió se aclarara el plazo de la contratación, ello en virtud de que la cláusula octava señalaba un plazo de un año con posibilidad de 4 prórrogas para un total de 5 años, pero el oficio No. L-638-2006 del 21 de febrero de 2006, indicaba un término de un año, con posibilidad de 3 prórrogas para un total de 4 años. La anterior aclaración resultaba esencial, toda vez que dependiendo de la respuesta, el contrato a la fecha podría estar vigente o vencido, tomando como fecha de inicio el 1 de marzo de 2006. No obstante, en respuesta a tal inquietud el Banco manifiesta ...
Fecha publicación: 21/05/2010
Fecha emisión: 17/05/2010
Documento: 04447-2010.pdf
Institución: BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 03506 20 de abril de 2010 DJ-1440-2010 Licda. Lorena Herradora Chacón Proveedora BANCO NACIONAL DE COSTA RICA Estimada señora: Asunto: Se refrenda en forma condicionada contrato suscrito entre el Banco Nacional y la empresa Power Solutions S. A., para la compra e instalación de unidades de potencia ininterrumpible (UPS) de 10KVA monofásicas paralelables, 20 KVA y 30 KVA trifásicas paralelables, bajo la modalidad de entrega según demanda (licitación pública 2009LN- 000017-01) Nos referimos a oficio No. L-823-2010 mediante el cual remite para refrendo contrato suscrito entre el Banco Nacional y la empresa Power Solutions S.A., para la compra e instalación de unidades de potencia ininterrumpible (UPS) de 10KVA monofásicas paralelables, 20 KVA y 30 KVA trifásicas paralelables, bajo la modalidad de entrega según demanda. Mediante oficio No. DJ-1307-2010 del 12 de abril de 2010 este órgano contralor requirió información adicional, la cual fue atendida por nota L-1843 del 19 de abril. Una vez efectuado el estudio de rigor, y conforme a lo dispuesto en el artículo 8 del Reglamento sobre el refrendo de las contrataciones de la Administración Pública, devolvemos debidamente refrendada la adenda de cita, quedando sujeto a las siguientes observaciones y condicionamientos: i. Queda bajo la exclusiva responsabilidad de esa Administración, contar con el contenido presupuestario suficiente y disponible para hacer frente a las obligaciones que se deriven de este negocio jurídico. ii. De conformidad con el artículo 9 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, queda bajo la exclusiva responsabilidad del Banco Nacional la razonabilidad de los monto de la contratación. 2 iii. Queda bajo responsabilidad de esa Administración contar co ...
Fecha publicación: 23/04/2010
Fecha emisión: 20/04/2010
Documento: 03506-2010.pdf
Institución: BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 02787 24 de marzo de 2010 DJ-1117-2010 Señora Lorena Herradora Chacón Proveedora General BANCO NACIONAL DE COSTA RICA Estimada señora: Asunto: Se devuelve sin trámite, por no requerirlo, la adenda No. 2 al Contrato No. 1782-2004(59- 2005), suscrito entre el Banco Nacional de Costa Rica y el Banco Improsa S. A. Contrato derivado de la Licitación Pública No. 1782-2004, promovida por el Banco Nacional de Costa Rica, con la finalidad de arrendar un edificio para trasladar la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Santa Bárbara de Heredia. Nos referimos a su oficio No. L-0588-2010, del 17 de febrero de 2010, recibido en este órgano contralor el día 17 de febrero de corriente, mediante el cual remite para estudio y aprobación la adenda No. 2 al Contrato No. 1782-2004 (59-2005), derivado de la Licitación Pública No. 1782- 2004, promovida por el Banco Nacional de Costa Rica, con la finalidad de arrendar un edificio para trasladar la oficina del Banco Nacional de Costa Rica en Santa Bárbara de Heredia. I.- Antecedentes: De la lectura del documento remitido para nuestro estudio, y del expediente administrativo que lo acompaña se desprenden que tanto el contrato original como la adenda No. 1 a éste, fueron refrendados mediante Oficio No. 07625 (DI-AA-1358) del 29 de junio de 2005, contrato en el cual se estableció el pago de un alquiler mensual de US $ 5.500,00 (cinco mil quinientos dólares americanos con cero centavos de dólar), por plazo indefinido (ver folio 186 a 196 del expediente administrativo). II. Criterio de la División. Con la finalidad de determinar la competencia de este órgano contralor para otorgar el refrendo solicitado, debe acudirse a la interpretación que sobre este tema ha realizado este órgano contralor en varias oportunidades en relación con los montos para conocer de los refrendos. ...
Fecha publicación: 27/03/2010
Fecha emisión: 24/03/2010
Documento: 02787-2010.pdf
Institución: BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio No. 02418 12 de marzo de 2010 DJ-0965-2010 Licda. Lorena Herradora Chacón Proveedora General BANCO NACIONAL DE COSTA RICA Estimada señora: Asunto: Se refrenda contrato 137-2009, suscrito por el Banco Nacional de Costa Rica y la empresa Ingenierías Jorge Lizano & Asociados Sociedad Anónima, para la contratación de servicios profesionales en Ingeniería Eléctrica para establecer un rol de diseño de sistemas eléctricos en los proyectos de remodelación y ampliaciones de edificios del Banco Nacional de Costa Rica, producto de la Licitación Pública número 2009LN- 000015-01. Se atiende oficio N° L-0277-2010, recibido en esta Contraloría General el 3 de febrero de 2010, mediante el cual solicitó el refrendo de los contratos 137-2009, suscritos por el Banco Nacional de Costa Rica para la contratación de servicios profesionales en Ingeniería Eléctrica para establecer un rol de diseño de sistemas eléctricos en los proyectos de remodelación y ampliaciones de edificios del Banco Nacional de Costa Rica, producto de la Licitación Pública número 2009LN-000015-01. Dado que la Administración cumplió con la solicitud de información adicional comunicada mediante oficio DJ-0872-2010 concerniente al contrato suscrito con la empresa Ingenierías Jorge Lizano & Asociados Sociedad Anónima y aportó certificación de personería que demostró el señor Jorge Lizano Seas ejerce la representación de esta sociedad con facultades suficientes para este acto y una vez analizado el expediente de la respectiva contratación según lo establecido por el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, sobre los alcances del análisis de los contratos, se devuelven los contratos debidamente refrendados, bajo las siguientes condiciones: 1. Es responsabilidad de esa Administración contar con el contenido presupuestario suficiente y ...
Fecha publicación: 15/03/2010
Fecha emisión: 12/03/2010
Documento: 02418-2010.pdf
Institución: BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS


DIVISIÓN JURÍDICA Al contestar refiérase al oficio Nº 0 2 3 5 2 10 de marzo de 2010 DJ-0934-2010 Licda. Lorena Herradora Chacón Proveedora General BANCO NACIONAL DE COSTA RICA Estimada señora: Asunto: Se refrenda los contratos 137-2009, suscritos por el Banco Nacional de Costa Rica para la contratación de servicios profesionales en Ingeniería Eléctrica para establecer un rol de diseño de sistemas eléctricos en los proyectos de remodelación y ampliaciones de edificios del Banco Nacional de Costa Rica, producto de la Licitación Pública número 2009LN-000015-01. Se atiende oficio N° L-0277-2010, recibido en esta Contraloría General el 3 de febrero de 2010, mediante el cual solicitó el refrendo de los contratos 137-2009, suscritos por el Banco Nacional de Costa Rica para la contratación de servicios profesionales en Ingeniería Eléctrica para establecer un rol de diseño de sistemas eléctricos en los proyectos de remodelación y ampliaciones de edificios del Banco Nacional de Costa Rica, producto de la Licitación Pública número 2009LN-000015-01 y suscritos con los señores Michael Ferencz Fainzilver, Rodrigo Jaikel Chacón y Andrés Morales Jiménez. Al respecto, una vez analizado el expediente de la respectiva contratación según lo establecido por el artículo 8 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública, sobre los alcances del análisis de los contratos, se devuelven los contratos debidamente refrendados, bajo las siguientes condiciones: 1. Es responsabilidad de esa Administración contar con el contenido presupuestario suficiente y disponible para atender las erogaciones provenientes de esta contratación. 2. De conformidad con el artículo 9 del Reglamento sobre el refrendo de las contrataciones de la Administración Pública, la razonabilidad del precio es un aspecto de exclusiva responsabilidad de la Administración. 3. Queda bajo exclusiva responsabili ...
Fecha publicación: 13/03/2010
Fecha emisión: 10/03/2010
Documento: 02352-2010.pdf
Institución: BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Emite: DIVISION JURIDICA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS